El Ayuntamiento de Sonseca convoca las subvenciones dirigidas a entidades ciudadanas del 2024.
El Ayuntamiento de Sonseca ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo con fecha 19 de septiembre, las Bases reguladoras de la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades ciudadanas para la anualidad 2024.
Beneficiarios.
- Podrán acogerse a la presente convocatoria las entidades, sin ánimo de lucro, que tengan su domicilio social en el municipio de Sonseca.
Plazo de presentación de solicitudes
- Para estas subvenciones será de 15 días naturales, desde el día siguiente a la publicación de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Toledo, (del 20 de septiembre al 4 de octubre).
El objeto de las presentes bases es regular e instrumentar las ayudas municipales a las entidades ciudadanas, sin ánimo de lucro, del municipio de Sonseca, para la realización de actividades en el ámbito de los servicios sociales, de la educación, de la cultura y/o del deporte.
Los objetivos que se pretenden conseguir son: Fortalecer el movimiento asociativo en sus diversos ámbitos de cultura, educación, deporte
o actividades sociales, como forma de integrar a la ciudadanía en la sociedad a través de entidades representativas de intereses sectoriales diversos.
Fomentar la participación interasociativa para el logro de objetivos comunes y la incidencia de los programas y actividades en el entorno; la promoción de los sectores de población más desfavorecidos y la corresponsabilidad entre las asociaciones y la Administración Pública en la financiación de los programas.
Se podrá presentar en la misma solicitud uno o varios proyectos de actividades para los que se solicite la subvención.
En el caso de presentación de varios proyectos de actividades, la entidad solicitante podrá establecer un orden de prelación en orden a la concesión. Si se presentaran varios proyectos de actividades sin indicación de preferencia en su concesión, el Ayuntamiento de Sonseca podrá elegir, de entre los presentados, aquel para los que otorga la subvención en función de las actividades a desarrollar por su complementariedad con las competencias y actividades municipales.
En el caso de presentación de un único proyecto de actividades, éstas deberán ser de naturaleza análoga o similar. Si se presentasen actividades de distinta naturaleza, sin guardar analogía o similitud entre ellas, en un único proyecto, éstas deberán ser presentadas en proyectos separados cumpliéndose lo establecido anteriormente
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